Los plenos del Ayuntamiento están convirtiendo lo ordinario en extraordinario y lo normal en urgente…
Contextualizando la situación…
El pasado 15 de noviembre se celebró un pleno extraordinario urgente para la aprobación de subida de tasas, impuestos, modificación de alguna ordenanza y creación de una nueva.
El primer punto a tratar fue el pronunciamiento del pleno sobre la urgencia del mismo. El grupo municipal del EAJ-PNV votó en contra de la urgencia por lo siguiente:
¿Qué es la urgencia en un pleno? Cierto es que se puede convocar un pleno con un margen de 12 horas, pero este hecho está reservado para casos y temas que así lo requieran. ¿Es urgente convocar un pleno para unos temas que se habían tratado en un grupo de trabajo 12 días antes? No, lo que urge es que se pasa el plazo para publicar en el Boletín las dos veces que debe hacerse, y esto es un requisito indispensable para su entrada en vigor en 2012.
En un pleno a comienzos de septiembre, ya advertimos que había que tratar este tema por el problema de plazos. El día 3 de noviembre se hizo el grupo de trabajo. ¿Por qué convocar después el pleno a todo correr?
Esto no es urgencia, es falta de planificación. Fuimos convocados con 19 horas de margen y con la documentación incompleta. Si, Itziar, sólo con parte de la documentación que te comprometiste a pasarnos en el grupo de trabajo. Como ya te dijimos en el pleno y así lo demostramos con los apuntes que teníamos recogidos del grupo de trabajo, preguntaste a “las personas de tu confianza” que estaban situados a ambos lados si nos podías pasar la documentación y estos asintieron, con dudas, pero asintieron. Pues bien, en la convocatoria al pleno, sólo venía parte de esa documentación.
Posteriormente nos acusaste de cambiar de criterio del grupo de trabajo a los plenos. Ya te dijimos, que esa acusación no es cierta,… ¡¡no queramos confundir al personal!!
Nosotros tenemos un criterio propio y podemos cambiar de opinión (aunque no ha sido así en este caso) de un grupo de trabajo al pleno, e incluso en el mismo pleno ya que escuchamos, analizamos y decidimos nosotros, el grupo municipal de EAJ-PNV. Si después de escuchar y analizar las ideas y propuestas del resto, consideramos y decidimos que son una buena opción, no necesitamos el permiso de nadie para cambiar una ordenanza, una valoración o lo que haga falta. Y por supuesto que nosotros también tenemos personas de confianza…para escucharles, no para que nos hagan el trabajo y nos manden.
Esa es la grandeza del debate y para lo que debiera servir un pleno, no para sacar los temas por rodillo sin cambiar una coma de lo presentado aunque se os demuestre que no es lo correcto o que la propuesta de la oposición mejora la propuesta final.
Mención aparte tiene la “no subida” de dos impuestos…
En el grupo de trabajo, Bildu propuso subir el IBI, (Impuesto de Bienes Inmuebles) un 50 % para las viviendas desocupadas y el IAE (Impuesto de Actividades Económicas ) una subida del IPC.
Pues bien,… en el pleno propusieron no tocar ni el IBI ni el IAE. Ante nuestra pregunta de por qué, nos dijeron que la ley no permitía aplicar el recargo a las viviendas desocupadas y que el IAE no se podía subir ya que estaba en su tipo máximo, eso era lo que les había dicho la Secretaria. Efectivamente , en la parte del IBI así es, pero no es cierto que no se pueda subir el IAE.
Como ya dijimos y lo demostramos en el pleno, el IAE se puede subir, ya que consta de dos índices. Uno de ellos está al máximo, pero el otro, el de localización (que es aquel que discrimina la diferente localización de la empresa en el municipio) tiene margen para subir; y en algunos casos está en el mínimo y en otros bastante bajo. Aun así propusimos que se mantuviese tal y como está ¡¡Y menos mal!! Viendo las caras de “no entiendo nada” y los antecedentes de no mover nada de la propuesta traida al pleno, no creemos que hubiesen aceptado la vuelta a sus pretensiones del grupo de trabajo de subir el IPC.
El grupo municipal del EAJ-PNV propuso que se actuara (como ya lo hizo el equipo de gobierno anterior) contra el fraude fiscal que existe en el IBI ya que este fraude está localizado y cuantificado.
En lo que se refiere a la subida de tasas e impuestos el grupo municipal del EAJ-PNV apoyo la subida del impuesto de vehículos, se abstubo en la modificación de la ordenanza de ayudas a colectivos desfavorecidos (ya que no tuvimos la documentación para analizarla) y votó en contra de la supresión de la tasa de sacar copias. La propuesta de Bildu es que no se cobre nada y solo se puedan hacer diez copias. Ahora bien, cuantas preguntas sin resolver quedan con esta norma…¿Diez copias al día, a la semana, al mes,…? ¿Por familia, por persona,…? ¿En blanco y negro, en color,…? Osea, un marrón para los trabajadores que tienen que controlar ese tema y una discriminación para la gente que no usa el servicio.
También se aprobó la modificación de la ordenanza de euskera, sin embargo el EAJ-PNV votó en contra…
La primera incongruencia respecto a las modificaciones la vemos en el cambio que realiza el Equipo de Gobierno en el Art.4. que se refiere a las personas en paro por una parte, y a las personas que carecen de recursos, por otra. Han diferenciado estos dos grupos y acuerdan que los primeros (personas en paro) para recibir la ayuda deben asistir al menos el 75% a las clases, sin embargo a los segundos (personas que carecen de recursos) deberán acreditar al menos que han ido al 85% de las clases. Es decir, la persona que quizá no llega a los ingresos mínimos solicitados, las personas sin recursos (que no quiere decir que no trabajen, sino que puede que cobren poco pero trabajar 8 horas), tienen obligación de asistir a las clases en un porcentaje mayor a los que están en paro y que no tienen otro quehacer. Propusimos una revisión a este Artículo pero el Equipo de Gobierno NO aceptó nuestra propuesta.
El Grupo Municipal de EAJ-PNV, considera que no son los Grupos de Trabajo los que deben decidir muchas de las cuestiones que aparecen en esta ordenanza. Estamos de acuerdo en que en estos grupos se puede comentar, discutir, proponer,… pero estamos totalmente en desacuerdo en que estos grupos tengan potestad para “interpretar casos concretos, dar resolución a solicitudes o tener competencia para resolver la devolución o no al Ayuntamiento de cantidades monetarias. Como podemos ver en estos tres artículos escritos literalmente de la ordenanza:
Art.4.1.3.g. “El Grupo de Trabajo de Organización podrá interpretar en cada caso las diferentes dudas que se presenten en cuanto a los bienes de las personas solicitantes y el valor de los mismos”.
Art.8. “Las resoluciones sobre las solicitudes las adoptará el Grupo de Trabajo de Organización, una vez analizada la solicitud y comprobado si existe crédito suficiente”.
Art.9.2. “El Grupo de Trabajo competente podrá resolver la obligación de devolver al Ayuntamiento las cantidades monetarias percibidas”.
Y nosotros nos preguntamos… ¿No es esto una labor de técnicos y concejales del Ayuntamiento? ¿Puede cualquiera ver nuestros datos personales (bienes, nóminas, cuentas, etc.)? ¿Dónde queda la protección de datos? Los datos que podría mirar cualquiera del pueblo que iría al Grupo de Trabajo, ¿para que se utilizaran después?
Consideramos, sin duda alguna, que estas decisiones y otras muchas no deben ser competencia de los Grupos de Trabajo, sino de concejales y técnicos del Ayuntamiento únicamente, que estos si tienen responsabilidad, al menos moral, sobre los datos que se manejan en el Ayuntamiento. Proponemos, por tanto, que se haga un cambio en el que en lugar de poner Grupos de Trabajo para todas estas decisiones comentadas se ponga “Concejales y Técnicos Municipales”. El Equipo de Gobierno NO aceptó nuestra propuesta.
En lo que respecta a Recursos Financieros, en la ordenanza dice en el Art.5. “una vez agotada la partida, se paralizarán las ayudas hasta nueva consignación”. Somos conscientes de que este artículo estaba en la ordenanza anterior también, sin embargo, apelamos a que ya que se va a mejorar no puede aparecer algo así. ¿Acaso una persona que termine su curso en septiembre tiene menos derecho a recibir la ayuda que una que lo termine en mayo (en caso de terminarse la partida destinada a este concepto)?
Para subsanar este problema, EAJ-PNV propone que se haga la estimación para conceder la ayuda anualmente, es decir, en diciembre, y en caso de no haber cantidad suficiente para todas las peticiones, se haría una repartición equitativa. El Equipo de Gobierno NO acepta nuestra propuesta.
Además de esto, se reduce el plazo de presentación de la documentación para acceder a la ayuda de dos meses a uno (Art.6.). Planteamos que vuelvan a ampliarlo y el Equipo de Gobierno NO acepta nuestra propuesta.
Por último, a la pregunta que realizamos sobre dónde quedan los estudiantes en esta ordenanza. La alcaldesa responde rotundamente que tienen los padres para que les paguen el curso.
Hasta el momento (por lo menos hasta el año pasado, ya que perece ser que ahora no), a los estudiantes se les ha incluido en el apartado de “parados” y han recibido la ayuda como tal. De ahora en adelante se tendrán que apuntar el Lanbide o hacer las gestiones oportunas, y los que no tengan edad para ello…como dijo la alcaldesa…¡¡TIENEN UNOS AITAS PARA QUE SE LO PAGUEN!! Ya sabéis estudiantes de Arrankudiaga y Zollo, a partir de ahora, si queréis cobrar la subvención a la oficina de Lanbide.
En lo que respecta a la Normativa de Subvenciones propusimos cambios muy básicos, coherentes,…
En el Artículo 2 donde pone “las actividades deben desarrollarse en el pueblo”… Después de un debate propusimos que el punto dijese: “Las actividades deben de desarrollarse en el pueblo o para gente del pueblo” a lo que Itziar en un momento de despiste dijo “pues eso, ahí lo pone claro”. Ahí lo pone claro, no, es lo que estamos proponiendo los de EAJ-PNV. Consideramos importante este cambio ya que en este sentido, las actividades realizadas fuera del pueblo quedarían excluidas,… ¿que pasa con el campamento? ¿Serán capaces de dar una subvención al campamento con una normativa que pone que LAS ACTIVIDADES DEBEN DESARROLLARSE EN EL PUEBLO? Pues habría que tener rostro, ¡¡se admiten apuestas!! Desde luego, para hacer una Normativa así de chapucera mejor funcionábamos sin nada.
El Artículo 3 dice “para cobrar la subvención (…) deberán adjuntarse las facturas que justifiquen la cantidad subvencionada. Esta documentación deberá presentarse en el plazo de un mes, a partir de la finalización de la actividad, y siempre dentro del ejercicio en el que se ha concedido la subvención”. Consideramos que esta última coletilla “dentro del ejercicio…” debería de eliminarse, ya que con la primera afirmación queda claro el plazo de un mes; y sin embargo, las actividades que pudieran realizarse en navidad, tienen el tiempo demasiado apretado (por no decir imposible según el día concreto que se realicen) para presentar cuentas dentro del mismo año.
El Artículo 7 dice “si la ayuda estuviera abonada, el grupo de trabajo podrá declarar la obligación de reintegrar la cantidad abonada”. Una vez más, dijimos que esto es labor de concejales y técnicos del ayuntamiento.
NO aceptaron ninguna de nuestras propuestas de cambios mínimos… así que nos vimos en la obligación de votar en contra.
Esta es una Ordenanza que nace viciada, que está realizada con la intención de excluir a ciertos grupos como ya sospechábamos y aseguró Itziar cuando en el tenso debate se le escaparon algunas perlas como “el que quiera entender ya entiende” o “así no vienen King-Boxing y parecidos”.
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